lunes, 25 de marzo de 2013

Marcelo Soza se presentará a declarar el 1 de abril, según su abogado ¿¿¿¿????


El abogado de Marcelo Soza, Moisés Ponde de León anunció este lunes que su defendido se presentará el 1 de Abril ante el fiscal Genaro Quenta, de La Paz, para prestar su declaración informativa sobre las grabaciones de audio y fotografías que lo vinculan con miembros de la red de extorsión.
Lunes,  25 de Marzo, 2013
Marcelo-Soza-se-presentara-a-declarar-el-1-de-abril,-segun-su-abogado
Ref. Fotografia: El ex fiscal del caso de supuesto terrorismo, Marcelo Soza.
El abogado de Soza precisó a los periodistas que los familiares del ex fiscal están preocupados por su vida, y por ese motivo aseguró que el investigador del caso de terrorismo se presentará el primer día de abril ante el fiscal Quenta.
 El fiscal paceño Genaro Quenta determinó convocar el próximo lunes 1 de abril al ex representante del Ministerio Público, Marcelo Soza, para que aclare una denuncia hecha por la senadora Carmen Eva Gonzáles con la presentación de grabaciones de audio y fotografías sobre presuntos nexos con miembros de una red de extorsión y corrupción que develó en noviembre del año pasado el ministro de Gobierno, Carlos Romero.

Causas ciudadanas: Oruro, extorsión, límites

http://www.paginasiete.bo/2013-03-25/Opinion/Destacados/11Opi00125-03-13-P720130325LUN.aspx

- 24/03/2013

  • Agregar a Delicious
  • Agregar a Yahoo MyWeb
  • Agregar a Twitter
  • Agregar a Facebook
  • Agregar a MySpace
Oruro: la paliza que ha llevado el Gobierno (asesores, comunicadores, ministros y legisladores) debería llevar a que el régimen analice su posición de uso y abuso de poder sin medir sus consecuencias en el tiempo. Tenemos al frente un Gobierno obstinado, ciego y sordo que cree tener la verdad y todo aquel que se atreva a opinar diferente es catalogado de enemigo, neoliberal o separatista. Una receta que le dio buenos réditos los primeros años pero que, hoy, ya nadie se la traga y sólo ayuda a minar la credibilidad de los poderosos de turno.

El llunkerío se ha institucionalizado como forma para ser tomado en cuenta por los inquilinos (que se creen dueños) de Palacio de Gobierno. Y el llunkerío no sólo es un normal proceder entre los no pensantes masistas, sino también se ha apoderado de algunos políticos, empresarios, expresidentes, asambleístas nacionales y alcaldes de la oposición. Si no me cree, mire no más a los ediles de Santa Cruz o de Potosí que con tal de mantenerse en el poder son capaces de vender su alma al diablo con el argumento de que están haciendo “la nueva política”.

Los orureños, encabezados por doña Sonia Saavedra, presidenta del Comité Cívico, nos demostraron que la dignidad no se vende ni se transa. Cuarenta días tomó doblegar al que se cree todopoderoso Lucifer. Cuarenta días en que las fuerzas del mal desplegaron una serie de estrategias (amenazas, división, presiones, chantajes, persecución, acusaciones) para ahogar la lucha cívica, pero no pudieron. Bajo la protección de la Virgencita del Socavón, las fuerzas orureñas no desfallecieron y triunfaron. ¡Oruro se respeta, carajo!

¿Donde está Soza? Que se libere a los presos políticos. El otrora todopoderoso fiscal Marcelo Soza, que persiguió e intimidó a decenas de personas e imputó a 39, muchos de ellos cruceños que sufren los rigores de la cárcel, está desaparecido desde hace una semana sin que nadie sepa su paradero. El dominio que acumulaba, debido a sus nexos con el poder político establecido, hacía que este abogado se pase por el forro ciertas formalidades y recaudos.

En mayo de 2009, el ahora asilado senador Roger Pinto, denunciaba que sobre Soza pesaban ocho procesos penales en su contra: 1) acusación de violación en 2005 en Santa Cruz; 2) incumplimiento de deberes y extorsión, 2008 en La Paz; 3) delito de estafa, 2007, Santa Cruz; 4) prevaricato 2007; 5) cohecho pasivo e incumplimiento de deberes, 2007; 6) falsedad material, 2005; 7) resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado, 2005; 8) delito de asociación delictuosa y uso de influencias, 2007.

La grabación dada a conocer por la senadora Eva Gonzales es la prueba de que el fiscal sabe muchas cosas que podrían, como él mismo dice: “se cae este caso, se cae Evo”.

La lengua de Soza involucra a altos dignatarios y familiares como es el caso del Vicepresidente que salió al frente y dijo: “Son calumnias e infamias como las muchas que habrá, que irán apareciendo con el tiempo de parte de opositores políticos. Somos personas de convicciones que hemos estado dispuestos y que estamos dispuestos y seguiremos dispuestos de entregar la vida por un ideal y un objetivo de carácter social y comunitario”.

Limites: una sentencia que da razón al empresario del boliche El Pirata amenaza con ser el detonante para que la lucha por los límites intermunicipales se desate mucho antes de que se conozcan los datos del censo 2012. La sentencia es contra la determinación de la HAM de La Paz que ordenaba el cierre del local. El boliche que está en la calle 18 de Calacoto ha alegado que tiene el permiso de la HAM de Palca y la sentencia judicial le da la razón. Esto plantea que barrios como Calacoto, Achumani, Los Pinos, Cota Cota y Pampahasi ya no estarían en la jurisdicción de la hoyada, lo que implica cercenar buena parte del territorio y quitarle el ingreso de sus principales contribuyentes. Se ve que el poder de los whiskys y los verdes pesa. ¿La ley de límites pondrá racionalidad a esta irracionalidad?



Iván Arias Durán es ciudadano de la República de Bolivia.

sábado, 23 de marzo de 2013

FISCAL SOSA A UN PASO DE PALMASOLA?

VALE LA PENA REVISAR ESTE MATERIAL DE HACE 12 DIAS.

11 marzo, 2013 8:51 pm0 Comments y 0 ReactionsVistas: 380


CUANTO TIEMPO LE QUEDA A EVO MORALES EN EL PODER? ESTA CLARO QUE DIA A DIA, SU PODER SE DEBILITA. EL PEDIDO DE RENUNCIA AL CARGO Y ELECCIONES ADELANTADAS DE LA SENADORA EVA GONZALES, COBRA SENTIDO TOTAL!
Eva Gonzales, Presidente de la Asamblea Boliviana Democratica Internacional en Bolivia, deja en claro que la lucha por el retorno al estado de derecho en Bolivia, ha comenzado! La impunidad, no es eterna!
Eva Gonzales, Presidente de la Asamblea Boliviana Democratica Internacional en Bolivia, deja en claro que la lucha por el retorno al estado de derecho en Bolivia, ha comenzado!
La impunidad, no es eterna!
La senadora por, Eva Gonzáles, presentó a los medios unas fotografías de lo que sería el cumpleaños del fiscal del caso Terrorismo, Marcelo Soza.
En las fotos,  Soza aparece con personas involucradas en el caso de la red de extorsionadores que trabajaban en dependencias gubernamentales.
"La verdad, nunca muere y no existe la impunidad eterna". Las demoledoras frases de Rolando Antelo refiriendose a la corrupcion en el gobierno, duelen poco. Evo Morales esta en plenas vacaciones!!
“La verdad, nunca muere y no existe la impunidad eterna”.
Las demoledoras frases de Rolando Antelo refiriendose a la corrupcion en el gobierno, duelen poco.
Evo Morales esta en plenas vacaciones!!
SOERT SOG SOH SOL COM SOR SOS SOSA COMPLICE

Fuente: paginasiete.bo

El laberinto del fiscal Sosa


 72  3  1  154
Susana Seleme Antelo

seleme De príncipes y principitos

Hay príncipes que se conforman con ser temidos y por eso persiguen, reprimen y hasta matan a sus opositores sentenciaba, Nicolás Maquiavelo en “El Príncipe” -1513- tratado de teoría política para la Italia de su tiempo, vigente hasta hoy.
Ese Príncipe, “Si es necesario, ha de ser cruel para ser eficaz; ha de ser más bien temido que amado. Si es necesario, el príncipe puede quebrantar la palabra y los tratados, cuando sea útil. Debe aparentar mansedumbre, fidelidad y piedad. Lo mejor es tener un ánimo dispuesto a girar según los vientos y variaciones de la fortuna”.
Medio siglo después, las ideas contenidas en El Príncipe siguen vivas, pues es un compendio de realismo y pragmatismo político: la acción política no se puede basar en lo que debería ser, sino en lo que es, en lo real y efectivo. “Me ha parecido más conveniente buscar la efectiva verdad de las cosas, que no la imaginación de ellas”, decía Maquiavelo.
Hay otros Príncipes que además de ser temidos, quieren ser amados, lo que exige mayor trabajo de seducción, de práctica basada en la prebenda, el regalo o la dádiva interesada para tener satisfechos y sumisos a los adherentes. Esa labor que tiene tantos años de vida como la historia de las luchas por el poder, requiere hoy una permanente labor de propaganda política y lavado de cerebro colectivo. Para ser amados, ya sea el Príncipe del que hablaba Maquiavelo, el ‘príncipe moderno’ o el líder político, se necesita casi siempre, una cualidad carismática, seductora, basada en un magnetismo político emocional no racional que ejerce el líder sobre la masa. El carisma se adereza con manipulación de conciencias y promesas de ‘vivir bien’ sobre la base de una demagogia populista, que cubren con un velo cuasi impenetrable la realidad.
El presidente Evo Morales calza perfectamente en esos prototipos de príncipes. 500 años después, lo llamaría ‘principito’, con minúscula y sin relación alguna con el excelso “Principito” de Saint Exupery. Morales responde a ese tipo de líderes y caudillos autoritarios, autócratas, demagogos, populistas con impulsos totalitarios, que ejercitan como política de Estado el castigo ejemplarizador real o simbólico, o no respetan tratados, como el firmado con Chile en 1904, tras la Guerra del Pacífico.
Esas connotaciones personales de Morales y algunos de sus conmilitones explican al tortuoso caso de terrorismo-separatismo* inventado contra Santa Cruz y su gente, en abierta violación al derecho a pensar diferente: frente al centralismo sin concesiones, aquí se exigía autonomía. Se trata de un proceso cuajado de infamia, espurios testimonios, manipulación y sembrado de falsas pruebas. Su objetivo: “quitarle al alma a los k´haras” cruceños -blancos, mestizos, clases medias y empresariales- diría el ‘Vice’, para “destruirlos, minar su autoestima, humillarlos, infravalorarlos, maltratarlos económicamente, apropiarse de sus bienes y quitarles sus referentes socio-culturales”.

El fiscal Sosa en su laberinto

El que a hierro mata, a hierro muere, dicen, y esa es la primera conclusión que se extrae de la grabación presentada por la senadora de la oposición, Carmen Eva González, donde se oye una conversación de alto voltaje político: el fiscal Marcelo Sosa desgrana los nombres de los estrategas del complot terrorista contra la dirigencia cívico-política autonomista de Santa Cruz.
Nombra al presidente Evo Morales, al ‘Vice’, al invisible hermano del ‘Vice’, a ministros, viceministros, abogados, jueces y fiscales sumisos al poder político, además de inescrupulosos extorsionadores. La gravedad de lo dicho por Sosa no admite dudas: “Se cae este caso y se cae Evo”.
Se trata del ‘caso Rozsa’ y no es para menos, pues el operativo en el Hotel Las Américas, el 16 de abril de 2009, fue una ejecución extrajudicial llevada a cabo por un comando de elite encubierto de la policía, que dejó tres ajusticiados del grupo de Eduardo Rozsa, incluido él mismo, aventurero húngaro-boliviano infiltrado por el gobierno en las filas autonomistas.
Solo la ausencia de Morales –de duelo en Caracas por la muerte de su mentor Hugo Chávez- impidió que se diera curso a la orden de aprensión en contra de Sosa, dictada por el ministro Carlos Romero, pero rechazada por el ‘Vice’ García Linera y la ministra Nardi Suxo, según trascendidos de Palacio de Gobierno. Más temprano que tarde, el fiscal General del Estado, Ramiro Guerrero, afirmó que “No corresponde hacer ninguna suspensión ni separación por ahora” y ratificó que Marcelo Soza continuará al frente del ‘caso’ que se encuentra en pleno juicio, mientras se realicen las investigaciones a la grabación de marras.
El fiscal Sosa, por su parte, niega el contenido de la misma, pero no niega que sea su voz. Quizás ya sabe que hay pericias que la confirman. Así queda comprobado lo que las 39 víctimas, sus familias y amigos, supimos desde un principio: ‘el caso Rozsa’ es un impúdico juicio político con carátula judicial de terrorismo, que solo practicaron los hombres del gobierno.
Hoy se sabe que quien colocó la bomba en la casa del Cardenal Julio Terrazas, que da origen al juicio de terrorismo, fue “Luis Clavijo, un agente del Ministerio de Gobierno que se encontraba infiltrado en el grupo de Rozsa, junto al capitán Walter Andrade”, según afirma el ex testigo clave, Ignacio Villa Vargas, el Viejo. Ellos son también son los autores materiales del sumario asesinato a Rozsa y dos miembros de su equipo.
A pesar de tanto esfuerzo, no han logrado ‘robarles alma’: han resistido con paciencia de Job las violaciones a sus DDHH, porque se saben inocentes y víctimas de un juicio político a todas luces que los priva hace cuatro años de libertad, les impone el extrañamiento de su tierra, desde el exilio; la negación a la presunción de inocencia, al juez natural, entre otras injurias. Algunos empresarios sí se han dejado robar ‘parte’ de su alma por pragmáticos intereses económicos.
El ahora acusado fiscal Sosa dice que aquella grabación es una conspiración en su contra y actúa como fiera herida, abre juicio contra la senadora denunciante, y llama ‘sinvergüenzas’ a los imputados a quienes atribuye la supuesta conspiración. Sin embargo, a ellos les niega el derecho a un juicio justo y trasparente.
A casi 4 años de iniciado, el caso Rozsa-Sosa hace aguas y el gobierno se hunde en el laberinto del fiscal Sosa, que es su propio laberinto, porque “La verdad se corrompe o con la mentira o con el silencio", como ya dijera Cicerón, hace más un milenio, ya sea por gestión de emperadores, príncipes o caudillos.
*En la audiencia conclusiva del caso, trasladado a Santa Cruz, después de estar itinerante casi cuatro años, el periodista Roberto Navia (www.eldia.com.bo. 03.8.13) relata algunos pormenores de ella, antes de que se suspenda por otros 10 días. Los Abogados defensores de los 39 imputados pidieron al juez paceño Sixto Fernández terminar con el período de incidentes y excepciones y abrir de una vez el juicio oral “para demostrar que el supuesto caso terrorismo fue un montaje para neutralizar y perseguir a los líderes opositores de Santa Cruz. A Eduardo Rózsa lo trajo a Bolivia un venezolano de apellido Osorio que le pagó los pasajes desde Europa con la finalidad de hacer pisar el palito a algunos ingenuos”, dijo el jurista Otto Ritter y agregó que tiene pruebas. “Quien organizó todo fue el actual vicepresidente Álvaro García por medio de su hermano Raúl” afirmó. “Rózsa empezó a extorsionar a algunos cruceños, añadió, asegurando que organizaría un ejército para defender Santa Cruz y cuando el Gobierno vio que el caso se le estaba yendo de las manos mandó matar al cabecilla de la supuesta red subversiva, en el hotel Las Américas”.

El nuevo etnocidio

http://horizontesnomadas.blogspot.com/2013/02/el-nuevo-etnocidio.html?spref=tw

El proyecto de ley de consulta anti-indígena
Raúl Prada Alcoreza
El camino optado por el gobierno es como la caída de los cuerpos ocasionada por la gravedad. Esta atracción del abismo, este instinto de muerte, se puede observar en varios planos, tanto prácticos, desplegados en la historia efectiva de los hechos, eventos y acontecimientos. Así como también los ámbitos ético morales, donde se manifiestan las conductas, impulsadas por voluntades guiadas por valores y principios, por transformaciones de estos valores y principios, por trans-valorizaciones, también por suspensión de valores, de la misma manera, como pueden ser guiadas por el mero interés. Se puede seguir esta caída en el plano del desarrollo legislativo, en la relación del gobierno con la Constitución. La ventaja es que en este plano normativo, de leyes y reglamentaciones, el movimiento de la caída está escrito. Es precisamente en este plano, particularmente en las leyes que deberían ser fundacionales, donde se inscribe el desapego oficial respecto de la Constitución. La Ley Marco de Autonomías y Descentralización Territorial, la Ley del Régimen Electoral, la Ley del Pluralismo Jurídico, llamada por el gobierno Ley de Deslinde Jurídico, la Ley Marco de la Madre Tierra, llamada por el gobierno Ley de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, son los textos normativos donde se inscribe la letra gubernamental de desacato a la Constitución. La primera ley mencionada reproduce compulsivamente el centralismo obsesivo; es una ley que se desentiende del entramado de las competencias autonómicas exclusivas, privativas, concurrentes y compartidas; es una ley anti-indígena, que no reconoce el territorio indígena para las autonomías indígenas. La segunda ley se desentiende de las condiciones plurinacional, comunitaria, autonómica e intercultural, establecidas por la Constitución. La tercera ley es una ley colonial, subordina plenamente la jurisdicción indígena originario campesina a la jurisdicción ordinaria, en contra de lo establecido en la Constitución bajo la concepción de pluralismo jurídico y equivalente jerarquía. La cuarta ley es un atentado contra los derechos de los seres de la madre tierra al subsumir a la madre tierra al desarrollo integral, una de las versiones, quizás más matizada, del desarrollo capitalista, en su forma extractivista. En todas estas leyes se usan artículos de la Constitución como enunciados, empero, para legitimar los artículos operativos que van en su contra. Ahora el gobierno presenta un Anteproyecto de Ley de Consulta que hace lo mismo, incluso algo peor, escribiendo un texto que anula efectivamente la consulta con consentimiento, previa, libre e informada, establecida en la Constitución.
Uno de los antecedentes inmediatos es el atropello cometido en el TIPNIS con la consulta espuria, que busca imponer una carretera extractivista con un despliegue político de la mayor violencia desencadenada de manera secuencial y sistemática, usando todas las formas posibles de violencia, desde la violencia simbólica hasta la violencia física, pasando por la violación de derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígenas originarios, así como el uso indebido de coerciones, presiones, clientelas, corrupciones y cooptaciones. Ahora estamos ante la presentación de una Ley Marco de Consulta anti-indígena; no podría haber algo más flagrante de violación de la Constitución plurinacional, comunitaria e intercultural.
Llamamos al recorrido sinuoso del gobierno, en cuanto a la promulgación de leyes, así como a la elaboración de proyectos de ley, el nuevo etnocidio. Se puede constatar, por el contendido, el sentido, la direccionalidad de las leyes, sus efectos y consecuencias, sobre los pueblos indígenas, que estamos asistiendo a un nuevo etnocidio, ahora efectuado por el gobierno progresista. Se define el etnocidio como la destrucción de la cultura  de un pueblo; también se puede entender el etnocidio como la destrucción sistemática de los modos de vida e imaginarios de pueblos diferentes a la cultura dominante de la colonización y la colonialidad. El discurso que acompaña al etnocidio justifica esta destrucción de pueblos y culturas en aras del desarrollo y del progreso,  por el bien del indígena. El nuevo etnocidio hace lo mismo, solo que se produce un pequeño desplazamiento en el discurso; pretende disputar a las naciones y pueblos indígenas originarios, a las comunidades indígenas afectadas, la condición indígena. Con lo que los propios indígenas quedarían sin identidad, la misma usurpada por un gobierno que se pone la máscara indígena.
En el Anteproyecto de Ley Marco de Consulta propuesto por el gobierno se expresa de manera descarnada este demoledor proceso del etnocidio, por lo tanto colonizador. Ya no hay reparos y cautelas, se dicen las cosas desnudamente, sin rubor, aunque se siguen haciendo referencias imposibles, inadecuadas y des-contextuadas a la Constitución, al Convenio 169 y a la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos Indígenas. En el Anteproyecto de Ley Marco de Consulta los territorios indígenas se diseminan, los derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios se esfuman, los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios desaparecen; en consecuencia se decreta la muerte de la consulta con consentimiento libre, previa e informada, establecida en la Constitución. Es más, con todo este proceso etnocida, están condenadas las culturas, los imaginarios, las instituciones, normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas a desaparecer. Estamos, como se podrá ver, ante la marcha descomunal de un nuevo etnocidio y a una nueva facete inédita de la flamante neo-colonización, efectuada por el gobierno indígena-popular.
En adelante nos detendremos en la evaluación del Anteproyecto de Ley Marco de Consulta, tomando en cuenta, además del anteproyecto, el análisis efectuado por Bartolomé Clavero. A propósito de este anteproyecto de ley, Bartome Clavero escribe:
El anteproyecto de ley no se contrae a la reglamentación del derecho indígena a la consulta, esto es, al desarrollo normativo del inciso 30.II.15 de la Constitución junto a los artículos 6 y 7 del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes así como al 19 y concordantes de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas[1].
El inciso 30.II.15 de la Constitución dice:
A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan[2].
Los artículos 6 y 7 del Convenio 169 dicen:

Artículo 6

1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:
a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;
b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;
c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.
2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Artículo 7

1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.
2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento.
3. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas.
4. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.
El artículo 19 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas dice:
Artículo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos  indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado.
Recogiendo la larga lucha de las naciones y pueblos indígenas de Abya Yala, sus conquistas, el reclamo de sus derechos culturales y como pueblos, la reconstitución de sus territorios, transcritas, en parte, en los antecedentes jurídicos y constitucionales, internacionales y de los estados firmantes, el artículo segundo de la Constitución dice:
Dada la existencia pre-colonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley.
El artículo 403 de la Constitución, correspondiente al capítulo Tierra y Territorio de la parte de la Organización Económica del Estado, dice:
I. Se reconoce la integralidad del territorio indígena originario campesino, que incluye el derecho a la tierra, al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables en las condiciones determinadas por la ley; a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de los recursos naturales no renovables que se encuentran en sus territorios; la facultad de aplicar sus normas propias, administrados por sus estructuras de representación y la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza. Los territorios indígena originario campesinos podrán estar compuestos por comunidades.
II.El territorio indígena originario campesino comprende áreas de producción, áreas de aprovechamiento y conservación de los recursos naturales y espacios de reproducción social, espiritual y cultural. La ley establecerá el procedimiento para el reconocimiento de estos derechos.
A pesar de estos referentes constitucionales y de los convenios internacionales, además de la Declaración de Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el anteproyecto de ley de consulta del gobierno los pone en suspenso y no sigue las consecuencias de los artículos mencionados. Al contrario, sigue otro curso, introduciendo una confusión inicial, la que tiene que ver con la mezcla de la consulta pública con la consulta con consentimiento libre, previa e informada a los pueblos indígenas. Esta confusión es intencional, expresa la mala fe en la elaboración del anteproyecto[3].
Bartolomé Clavero escribe, respecto de esta confusión inicial del anteproyecto de ley de consulta gubernamental, lo siguiente:
La confusión se introduce desde un inicio. Comienza el anteproyecto declarando que se dirige a regular el derecho a la consulta de las naciones o pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en una doble modalidad: “en sus modalidades de consulta previa libre e informada o consulta pública, según corresponda”. Para lo primero de todo, respecto al derecho de los pueblos indígenas, consigna, según en efecto corresponde, que procede “de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado, Convenio Número 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”, pero, según en cambio no corresponde, añadiendo acto seguido algo que limita ya de entrada sustancialmente el alcance de este derecho indígena a la consulta: “en el ámbito jurisdiccional de las tierras comunitarias de origen TCO”. Las TCOs o también los TIOCs, los Territorios Indígena Originario Campesinos ya adaptados a la Constitución, constituyen tan sólo un caso particular de autonomía indígena en el Estado Plurinacional. No hay sustento constitucional para esta restricción. Y para el Convenio y la Declaración el sujeto del derecho es el pueblo indígena sin más cualificación. La restricción se introduce para hacerla operar a fondo.
El anteproyecto de ley de consulta gubernamental parte de una confusión inicial intencional y de una restricción territorial indebida. El anteproyecto no entiende, así como la Ley Marco de Autonomía y Descentralización Territorial tampoco comprende, que no hay autonomía indígena sin territorio indígena; la condición territorial indígena es fundamental para la realización de la autonomía. No se puede restringir el derecho a la consulta con consentimiento libre, previa e informada, a las TCOs y las TIOCs; este es un despropósito descomedido que viola los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios, consagrados en la Constitución. ¿Por qué se hace esto? Está claro que el gobierno tiene otro proyecto, distinto al proyecto descolonizador, transformador y emancipador de la Constitución. El proyecto del gobierno, como lo dijimos en otros textos[4], es conservar, continuar, extender y profundizar el modelo extractivista colonial del capitalismo dependiente, además de restaurar y consolidar el Estado-nación, anulando las posibilidades de construcción del Estado plurinacional comunitario y autonómico. Desde esta perspectiva extractivista, dependiente y subordinada al capital internacional, así como al orden imperial mundial, en la condición de Estado-nación, el gobierno no puede aceptar la consulta con consentimiento libre, previa e informada, tampoco puede garantizar los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios, menos respetar sus territorios, su autonomía, autogobierno y libre determinación, establecidos por la Constitución. El gobierno, como administrador de la transferencia de los recursos naturales a los centros del sistema-mundo capitalista, defiende las formas de explotación extractivista impuestas por la vorágine capitalista, por la acumulación ampliada de capital, en correspondencia con la recurrente acumulación originaria de capital, por despojamiento y desposesión, la llamada acumulación originaria de capital recurrente. El gobierno va a defender los capitales invertidos y por invertir  en la minería, así como en hidrocarburos, fuera de otros rubros. Al gobierno, por ejemplo, no se le ocurre nacionalizar la Empresa Minera de San Cristóbal, que mueve un capital de alrededor de 1000 millones de dólares anuales, dejando en el país el pírrico porcentaje de entre 3% hasta el 7%. Prefiere hacer el teatro de “nacionalización”, por el procedimiento de compra de acciones, de empresas menores. No va a modificar el régimen minero; es más, no piensa iniciar la transición del modelo extractivista al modelo productivo de la economía social y comunitaria, basado en la soberanía alimentaria; modelo ecológico, que condiciona la industrialización al uso de tecnologías limpias y al equilibrio con los ecosistemas.
Es notoria la misma mano, por así decirlo, y el mismo procedimiento empleado que en las otras leyes inconstitucionales promulgadas por el gobierno. Elabora leyes que van en contra de las prescripciones constitucionales; empero, usa artículos de la Constitución como enunciados, como marcos teóricos, pretendiendo legitimar la adulteración efectuada. Esta astucia criolla tiene una imagen lamentable del pueblo; lo considera cándido y manipulable. Ciertamente tiene poco respeto a la Constitución y cree que el desarrollo legislativo debe responder al interés económico, no a la necesidad de transformación estructural e institucional, requerida constitucionalmente. El anteproyecto de ley de consulta del gobierno anula efectivamente la consulta con consentimiento libre, previa e informada; la disemina en la confusión con la consulta pública, además de declarar tácitamente que cuando se trata de proyectos estratégicos del Estado no hay consulta, fuera de decir, sin rubor, que el Estado tiene el derecho de intervenir en territorios indígenas y a los pueblos en beneficio propio de los mismos, buscando su desarrollo y bienestar. Como puede verse el anteproyecto de ley es un dispositivo de guerra en contra de las naciones y pueblos indígenas originarios, en contra del germen de Estado plurinacional, que se encuentra en la Constitución y en los territorios indígenas.
Bartolomé Clavero continúa su análisis del anteproyecto de ley de consulta gubernamental:
El anteproyecto hace por desplazar a los pueblos indígenas, junto a las comunidades interculturales y afrobolivianas y en compañía también del conjunto de la población local, hacia el terreno de la consulta pública sin derecho propio ni garantía adecuada, “de acuerdo con la Constitución Política del Estado y la legislación ambiental”. No hace falta adentrarse en detalles para constatar que, con tal punto de partida, el anteproyecto se halla por entero trufado por la intencionada confusión entre supuestos bien diversos. Ya no puede corregir el entuerto el detalle de que se afirme expresamente la libre determinación como fundamento del derecho fundamental indígena a la consulta previa, libre e informada. Resulta retórica vacua si el sujeto de tal derecho ya se ha restringido a TCOs y TIOCs y además el mismo se refunde con la población local a los efectos de consulta pública en términos que hacen evaporarse la calificación de fundamental para el derecho y su sustento en la libre determinación, sujetándolo con todo a ley ordinaria como ésta que propugna el anteproyecto. El ejercicio del derecho a la libre determinación no existe de hecho porque la ley lo diga, sino porque la ley lo respete[5].
El Estado-nación se impone en todo el espacio del país, rechaza violentamente la libre determinación de los pueblos indígenas, subsume la consulta con consentimiento libre, previa e informada de los pueblos indígenas a la consulta pública, subordina el cumplimiento del derecho a la consulta a la ley ordinaria, evapora los territorios indígenas estatalizándolos en el espacio homogéneo del Estado-nación; han desaparecido la libre determinación, la autonomía y el autogobierno de los pueblos indígenas, definidos en la Constitución, y con esta desaparición el gobierno pretende hacer desaparecer a las naciones y pueblos indígenas, en el nuevo proyecto de mestización, con características populares, paradójicamente efectuado a nombre de los propios indígenas. Ironía de la tragedia colonial.
Una de las conclusiones de Bartolomé Clavero expresa el dramatismo de la situación, que puede resumirse como el de la continuidad de la colonialidad, en la forma estrambótica efectuada por el gobierno progresista, que se hace llamar indígena y popular:
Otra retórica igualmente huera sobre Madre Tierra y vivir bien no se ahorra sin mayor efecto, esto es, ninguno. A la hora de la verdad y pese lo cuanto pese a la Constitución del Estado Plurinacional, no son tales categorías las que rigen y se aplican. Y la ley, este anteproyecto, tanto que sujeta, presenta una relación de materias que no requieren consulta en la que, entre otras que carecen en su mayor parte de sustento en Constitución, Convenio o Declaración de tal entidad como los contratos de la industria extractiva con el Estado, figura la siguiente: “planes y proyectos que estén destinados a garantizar los derechos a una vida digna de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianas y población, establecidos por la Constitución Política del Estado”. No puede haber una negación mayor del derecho a la libre determinación y del consiguiente a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo, del derecho de los pueblos indígenas. La vida digna de los pueblos indígenas es, según el anteproyecto, algo sobre lo que estos pueblos no tienen ni voz ni voto pues el Estado se atribuye la capacidad exclusiva y excluyente de saber lo que les conviene siempre que sepa ligarlo a algún derecho constitucional como, por ejemplo, a la salud o a la educación. La alegación de la Constitución resulta mera coartada para la supresión práctica de la libre determinación y hasta de la autonomía indígenas a dichos efectos de decidir y elaborar prioridades y estrategias de desarrollo[6].
Este es el meollo de la cuestión, aquí se encuentra de manera desnuda la expresión más descarnada de la violencia desenvuelta del poder del Estado-nación, la violencia nacionalista y desarrollista, contra la condición plurinacional y las alternativas latentes a las formas del capitalismo dependiente y el Estado-nación. Esta relación de materias que no requieren consulta, además de los contratos de la industria extractiva con el Estado, tiene la oprobiosa mención de los “planes y proyectos que estén destinados a garantizar los derechos a una vida digna de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianas y población, establecidos por la Constitución Política del Estado”. Ya no hay consulta en aquellos rubros que afectan, de manera directa, al hábitat y a las condiciones de vida de los pueblos indígenas. La consulta a los pueblos indígenas se estableció precisamente por el efecto destructivo y depredador de las industrias extractivas; son estas industrias las que han destruido sus territorios, destrozado la cohesión de sus comunidades y desarticulado sus prácticas, normas, procedimientos e instituciones propias. Si la consulta no se hace por estos rubros, por los contratos de industrias extractivas, entonces, ¿por qué esmerarse en presentar un anteproyecto de ley de consulta? No tiene sentido. El gobierno ha restringido tanto el campo de la consulta que la ha hecho desaparecer; ya no tiene sentido aprobar una ley de consulta. ¿Por qué se sigue el protocolo cuando ha desaparecido el objeto del mismo? ¿Qué sentido tiene en festejar el cumpleaños del que se acaba de enterrar? El teatro político del gobierno se ha convertido en un teatro macabro; se podría decir que hasta hay humor negro en todo esto; pero, se lo hace de tal manera, con la seriedad burocrática que corresponde, que hasta se esfuma el humor, que podría haber arrancado una sonrisa. Lo insólito, hasta terrorífico, es que los sepultureros de la consulta creen que están asistiendo al nacimiento de la consulta. Este cuadro tétrico muestra el mecánico comportamiento de los gobernantes, asambleístas, funcionarios, elaboradores del anteproyecto; no hay humor negro en ellos, sino el mecánico cumplimiento de su deber, que es hacer una ley de consulta adecuada al proyecto desarrollista y nacionalista del gobierno, adecuado al modelo extractivista colonial del capitalismo dependiente. No importa que no quede nada de consulta en esta ley, como una cáscara vacía, una envoltura sin contenido; lo que importa es llenar los casilleros, la lista de leyes que faltan, aunque estos casilleros se llenen con disparates, peor aún, con actas de defunción.
¿Qué es eso de que los planes y proyectos destinados a garantizar los derechos a una vida digna no se consultan a los destinatarios de estos planes y proyectos? ¿Cómo se puede hablar de derechos si no tienen derecho a ser consultados? ¿No tienen nada que decir? ¿No tienen sus propios planes y proyectos? ¿No tienen pensamiento? ¿Tienen que pensárselos los preclaros elaboradores del anteproyecto de ley y los fabricantes de los planes y proyectos destinados a una vida digna? Esto ya se parece a los primeros años de la colonización cuando los curas discutían si los indígenas del continente conquistado tenían alma o no. Como se puede ver, se ha llegado muy lejos, sin decoro, de la manera más crasa, a los métodos coloniales más brutales. Después de estas acciones coloniales, ¿cómo pueden nombrarse a sí mismos gobierno indígena y popular, representantes del proceso descolonizador? Estas son las formas más brutales de la violencia política, llevar los nombres de las víctimas, enterrar a los victimados con los honores de la ceremonialidad del poder. La colonización y la colonialidad se hacen más horrendos cuando se la efectúa a nombre de los propios colonizados, a nombre de su emancipación y liberación. En este caso, la simulación política, de la que hablamos en otros análisis, se ha convertido en la ceremonia macabra de un asesinato, de la muerte de la consulta con consentimiento libre, previa e informada, del genocidio de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios, acompañado por el etnocidio de estos pueblos.
Hay sorna en el anteproyecto de ley, cuando en su primer principio se propone la buena fe, precisamente en un documento elaborado con mala fe. Incluso se le otorga jerarquía al dedicar un artículo a la relación de las acciones contrarias a la buena fe. Bartolomé Clavero dice a propósito que:
La misma se aplica especialmente a los mismos pueblos indígenas, tendiendo a convertir el derecho a la consulta en obligación de someterse a ella, y a terceras partes, intentando mantenerlas al margen de los procesos de decisión indígena sin tomarse cautelas similares respecto al propio Estado. Que el Estado se sitúa por encima de los requerimientos lógicos de la buena fe ya lo prueba el anteproyecto mismo. La reducción de los pueblos con derecho propio a la consulta al supuesto de las TCO, la refundición entre los mismos y otros sujetos sociales en una ciudadanía indistinta y la alegación de la Constitución para la denegación más radical del derecho indígena a la libre determinación y a la decisión sobre prioridades y estrategias de desarrollo son cosas que sólo pueden efectuarse, con Constitución, Convenio y Declaración a la vista, desde la más profunda y empecinada mala fe[7].
Se convierte el derecho en obligación, no se le pide al Estado buena fe, se supone que la tiene, se reduce el derecho a la consulta a la TCO, se disemina la identidad de los pueblos indígenas en una ciudadanía indistinta, entonces se rechaza tajantemente el derecho indígena a la libre determinación y a la decisión sobre prioridades y estrategias de desarrollo. ¿Qué es todo esto? ¿Qué clase de dispositivo es esta ley de consulta proyectada? A todas luces, de manera evidente, se trata de un dispositivo de sometimiento de los pueblos indígenas. No sólo que no se les perdona su rebeldía, su defensa de sus territorios, sus marchas e interpelaciones, sino, que también, los pueblos indígenas se han convertido en un estorbo para el proyecto de “desarrollo” inscrito en la médula espinal del Estado-nación. Se puede decir que éste fue un sentimiento compartido por la casta liberal gobernante, no fue, sin embargo, evidente en el nacionalismo revolucionario, que optó por la mestización de los indígenas por medio de la reforma agraria; este sentimiento racial vuelve a aparecer de manera muy matizado, escondida en las reformas neoliberales, sobre todo de la reforma educativa y la participación popular, discurso entonces que mas bien derivaba del multiculturalismo liberal. En contraste con estos matices camuflados de racismo solapado, lo que sorprende es que el gobierno progresista lo diga y lo haga de una manera abiertamente descarnada.  El objetivo del gobierno popular es hacer una reforma agraria inversa, quitarles las tierras a los indígenas, disminuir y circunscribir los territorios indígenas al máximo, ampliar la frontera agrícola, talar bosques, entregando los espacios abiertos a la explotación capitalista, comprendiendo sus distintas formas, desde la campesina hasta la empresa agraria y agroindustrial, fuera de las concesiones hidrocarburíferas y mineras.
La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas utiliza el enunciado de consentimiento libre, previo e informado indígena; en el anteproyecto de ley de consulta gubernamental se reduce el enunciado a de consulta previa, libre e informada, desapareciendo el término usado por la Declaración. El consentimiento previo viene definido como Voluntad expresa de los sujetos de la consulta que implica la aceptación concertada respecto a la medida objeto de consulta. Requisito condicionante del Estado antes de la implementación de las medidas establecidas en la presente Ley[8]. Se entiende que el anteproyecto haya sacado el término de consentimiento; el gobierno desconoce la voluntad expresa de los sujetos de la consulta, de ninguna manera busca la concertación en relación a la medida objeto de consulta. Simplemente el gobierno considera que no requiere del consentimiento de los pueblos indígenas, el Estado está sobre las naciones y pueblos indígenas originarios, el Estado está sobre la sociedad; la única voluntad que reconoce es la de la razón de Estado.
El anteproyecto de ley establece que:
El Estado deberá lograr el consentimiento previo, libre e informado de las naciones o pueblos indígena originarios antes de aprobar e implementar medidas legislativas o administrativas en los casos establecidos en el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Como señala Bartolomé Clavero hay una mala intención en la remisión, no es el Convenio 169 sino la Declaración el referente. ¿Por qué se hace esto? ¿A qué se debe este aparente equívoco? El referirse al consentimiento, remitirse al Convenio 169 y no  la Declaración muestra las intenciones, la mala fe, del anteproyecto, muestra el alcance que se le quiere dar al consentimiento, siendo que el tema está más elaborado, después de una larga experiencia, en la Declaración. Normar la consulta, buscando disminuir al máximo sus alcances, evitar el consentimiento, empero nombrarlo, para mantener las apariencias, es de los atribulados procedimientos a los que está acostumbrado el gobierno. El alcance de la consulta está claramente definido en el anteproyecto cuando dice que el derecho a la consulta no implica poder de veto. Con esto la consulta termina convertida en una formalidad, en un procedimiento más que deben los proyectos, que de todas maneras se las va implementar.
La pregunta es: ¿por qué procede de esta manera el gobierno? ¿Por qué elabora un anteproyecto de ley de consulta donde desaparece prácticamente la consulta con consentimiento libre, previa e informada, un proyecto tan atentatorio de los derechos de las naciones y pueblos indígenas? La explicación se encuentra en el modelo económico extractivista adoptado por el gobierno. En lo que respecta a los hidrocarburos, el documento se expresa así: Por su carácter estratégico y de interés público para el desarrollo nacional se garantiza la ejecución y continuidad de las actividades hidrocarburíferas. En relación a la minería, el anteproyecto exige que la consulta deba realizarse asegurando el desarrollo de las actividades mineras por su carácter de necesidad estatal y utilidad pública. Entonces la consulta que ha sido concebida y promovida como mecanismo de defensa de los derechos de los pueblos indígenas, termina convertida en un instrumento de defensa de los intereses de explotación hidrocarburífera y minera. Estos intereses están por encima de los derechos de los pueblos indígenas. Entonces, ¿para qué se hace la consulta? Para legitimar la explotación hidrocarburífera y minera, precisamente a nombre de los damnificados, presentando esta explotación como si beneficiase a estos pueblos. Todo esto parece una burla despiadada, sin embargo, es la realización cruda de las políticas económicas, sociales y ambientales del gobierno.
En cuanto a la materialidad institucional de la consulta, el anteproyecto de ley propone la conformación de una Dirección General de Consulta como entidad pública descentralizada, bajo tuición del órgano ejecutivo, con jurisdicción nacional, con autonomía de gestión técnica, administrativa y presupuestaria, cuya estructura y composición queda confiada a decreto reglamentario.  Llama la atención, como dice Bartolomé Clavero, que se diga nacional y no plurinacional, subordinando la condición plurinacional a la institucionalidad centralizada de la nación boliviana, del Estado-nación. La descentralización, en este caso, es administrativa, como la de otras entidades descentralizadas, que refuerzan más bien el carácter centralista de toda la organización del Estado. El comentario que hace Bartolomé Clavero es concluyente, dice:
La tutela gubernamental y la autonomía administrativa son indicativos que, a efectos orgánicos, abundan en el carácter no previo de la consulta[9].
Las competencias asignadas a la Dirección General de Consulta son atribuciones del Órgano Electoral Plurinacional. ¿Qué significa esta yuxtaposición de competencias? ¿Un control mayor y específico en lo que respecta a la consulta a los pueblos indígenas?
En resumen, Bartolomé Clavero, evalúa el anteproyecto de ley de la siguiente manera:
Desde los presupuestos vistos, el contenido más pormenorizado del anteproyecto está cantado. Los problemas no son de detalle, sino de concepción de la norma, de su anteproyecto. Desde la posición de sus artífices, puede entenderse la cerrazón frente a propuestas indígenas. El texto gubernamental no ofrece base para el diálogo intercultural e intracultural que el propio anteproyecto invoca como la vía apropiada para el proceso de consulta. Consulta del mismo anteproyecto no ha habido. Y debe haberla, no según sus propias previsiones desde luego ni tampoco conforme a precedentes del propio anteproyecto como el del caso TIPNIS, el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Securé, sino de acuerdo a Constitución del Estado Plurinacional, Convenio sobre Pueblos Indígenas y Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En el caso TIPNIS, antes y después del amaño reciente de consulta, se están poniendo en práctica las políticas de decisión por el Estado sobre derechos de los pueblos indígenas, lo que hemos visto que el anteproyecto consagra[10].
El texto del Anteproyecto de Ley Marco de Consulta del gobierno hay que leerlo como una declaración “ideológica”. En el escrito se encuentra el pensamiento descarnado del gobierno progresista, fuera de expresar su triste concepción de la consulta a los pueblos indígenas. El gobierno popular enfrenta a los territorios y pueblos indígenas como obstáculos al desarrollo y al proceso, es más, al bienestar, que es la representación doméstica de comodidad burguesa para la socialdemocracia. El Estado-nación ha declarado la guerra al germen del Estado plurinacional comunitario y autonómico, que se encuentra en la Constitución y en los territorios indígenas. Desde esta perspectiva, el gobierno progresista continúa y expande el modelo extractivista, retoma la continuidad de las tareas de colonización pendientes, buscando convertir a los indígenas en hombres modernos; hablando de la representación de la modernidad como única, universal y homogénea. Olvidando que ya todos somos modernos desde el siglo XVI, en la condición de las modernidades heterogéneas, incluso anti-modernas, en el mejor de los casos, alter-modernas. Hombres representados modernos entonces, ya sea en su condición de burgueses, que sólo pocos podrán alcanzar, ya sea en condición de proletarios, condición a la que una mayoría está condenada, o ya sea en su condición de clases medias que optan por las profesiones liberales, que un estrato más o menos significativo puede lograr. El recurso político, económico, social y cultural que se activa es el nuevo etnocidio, con mascara indígena e impostura popular.
Frente a este nuevo etnocidio las naciones y pueblos indígenas resisten, no renuncian a la descolonización y liberación. Tienen como horizonte e instrumento jurídico-político de lucha a la Constitución, el haber abierto con sus luchas la posibilidad del proceso y el proceso de la posibilidad de transformaciones estructurales e institucionales. Los pueblos indígenas, las comunidades, el proletariado nómada y el pueblo boliviano, frente a la modernidad oponen la alternativa a la modernidad, al desarrollo y al capitalismo, la alter-modernidad[11].      
                                 


[1] Bartolome Clavero: Bolivia: Pésimos augurios para la garantía de consulta de los derechos de los pueblos indígenas. Bolpress 2013; La Paz.
[2] Ibídem.
[3] Ver artículo de Bartolomé Clavero citado.
[4] Ver de Raúl Prada Alcoreza Critica de la economía política del desarrollo. Bolpress 2012; La Paz.
[5] Ibídem.
[6] Ibídem.
[7] Ibídem.
[8] Ver de Bartolomé Clavero el artículo citado.
[9] Ibídem.
[10] Ibídem.
[11] Revisar de Antonio Negri y Michael Hardt Commonwealth. El proyecto de una revolución del común. Akal 2011; Madrid.

Papelón en el Día del Mar!!!

Papelón en el Día del Mar
El comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, general Edwin de la Fuente, nunca olvidará el 23 de marzo de 2013. Ante los ojos del  público y millones de televidentes, en la plaza Abaroa  izó volcada la bandera de la Reintegración Marítima. 
 
 http://www.erbol.com.bo/online.php

Unión Europea exige una Ley de Inversiones que garantice el capital

http://www.eldiario.net/noticias/2013/2013_03/nt130323/principal.php?n=59&-union-europea-exige-una-ley-de-inversiones-que-garantice-el-capital
  Los inversionistas de la Unión Europea, para desarrollar proyectos en Bolivia, requieren de una Ley que garantice sus operaciones, que exista un sistema de seguridad jurídica y las condiciones necesarias para un trabajo conjunto entre el Estado y el sector privado, en el marco de la transparencia y la justicia.
De acuerdo con el embajador de La Unión Europea en Bolivia, Timothy Torlot, una mayor presencia de empresas de Europa en el país, para apoyar al desarrollo y crecimiento de Bolivia, depende de una Ley de Inversiones que otorgue las condiciones necesarias para el trabajo conjunto.
En una declaración realizada con periodistas de EL DIARIO, señaló: “Me parece muy importante para las empresas europeas y para la economía boliviana que haya la oportunidad de inversión extranjera en este país al que contribuimos a su crecimiento con nuestros programas de apoyo, pero también a través del sector privado. Por eso, nos parece muy importante tener una Ley de Inversiones muy fuerte, transparente que dé la oportunidad a empresas extranjeras de trabajar aquí, y que haya una manera justa y transparente para proteger a las inversiones”, declaró.
El caso de las llamadas “nacionalizaciones”, que serían parte de una “política de Estado”, dijo que deberían requerir las condiciones necesarias y hayan compensaciones justas. A pesar de la crisis económica por la que atraviesa la eurozona, se continuará apoyando a Bolivia en los próximos años.
“Sí, absolutamente, estamos terminando este año una etapa de cooperación de siete años, y estamos planificando ahora mismo la próxima etapa que será hasta el 2020, no sabemos exactamente cuál sería el presupuesto, pero garantizamos el apoyo a este país”, sostuvo.

Soza queda con 3 juicios y se suma a una 'lista negra'

http://www.eldia.com.bo/index.php?c=Portada&articulo=Soza-queda-con-3-juicios-y-se-suma-a-una--lista-negra-&cat=1&pla=3&id_articulo=113281

Juicio. La Fiscalía General le retira el apoyo a Soza y advierte con librar orden de aprehensión si no se presenta a defenderse
Sábado,  23 de Marzo, 2013
Soza-queda-con-3-juicios-y-se-suma-a-una--lista-negra-
Ref. Fotografia: A apagar incendios. El fiscal general Ramiro Guerrero llegó ayer a Santa Cruz a entregar equipos biométricos.
El fiscal Marcelo Soza quedó hasta ayer seis días desaparecido, con el riesgo de ser aprehendido y con tres procesos en su contra, sumándose a una especie de fatídica "lista negra" a quienes el caso Rózsa les ha quemado las manos.
En Santa Cruz apareció ayer el fiscal General, Ramiro Guerrero, y en una conferencia de prensa, le retiró su apoyo y anunció haber dado curso a dos procesos, uno penal y otro disciplinario, contra Soza, quien se rehusó a restituirse en sus funciones y hacer entrega de un informe e inventario de la investigación del caso Rózsa, en el término de 48 horas.
Mientras tanto en La Paz, el fiscal Genaro Quenta dijo que si no se presenta el 1 de abril a las 8:30 en la investigación de los audios entregados por la senadora Carmen Eva Gonzales, le librará aprehensión, tras haber sido notificado en dos oportunidades.
Su abogado, Moisés Ponce de León, dijo que asumirá la defensa de su cliente, aunque la última vez que tuvo contacto con él fue el pasado sábado.

Lista negra. Así como Soza, también se halla desaparecido Harry Suaznábar, quien investigaba el caso Rózsa II, además de los abogados del Gobierno, Fernando Rivera y Boris Villegas, denunciantes del caso, ahora presos, así como Jorge Clavijo, muerto.
Defensa
Hay otros personajes en la incógnita
Personajes. El abogado Otto Ritter, defensor de tres imputados, dijo que hay varios involucrados que no fueron interrogados por el fiscal Marcelo Soza. Entre ellos el jefe de la Utarc, Wálter Andrade que aparece en una foto con Rózsa, el "camarada Linera", que sería Raúl García y el agente del Ministerio de Gobierno, Luis Nolberto Clavijo.
A quienes no les ha ido muy bien
Fiscal Marcelo Soza 
Era el director funcional de la investigación del caso Rózsa 1. Desapareció y ahora tiene 3 procesos.
Fiscal Harry Suaznábar
Era el director funcional del caso Rózsa II. Desapareció de un rato a otro y no se sabe de él.
Policía Jorge  Clavijo 
Era de la Utarc que asaltó al hotel Las Américas. Asesinó a su esposa y luego apareció muerto.
Abogados del Gobierno
Fernando Rivera y Boris Villegas, denunciaron el caso. Están presos por la red de extorsión.

La ex autoridad del caso terrorismo debe entregar un informe y presentarse a declarar el 1 de abril.

Fiscal anuncia proceso penal y disciplinario contra Soza

http://www.paginasiete.bo/2013-03-23/Nacional/Destacados/5Nac001230313.aspx

Juan Carlos Véliz/ La Paz - 22/03/2013

Archivo
Archivo
Soza, durante una declaración a los periodistas, en 2010.
La Fiscalía General anunció ayer el inicio de un proceso penal y disciplinario contra el fiscal que abandonó el caso terrorismo, Marcelo Soza. Sobre él también se cierne una orden de aprehensión si no se presenta a declarar el 1 de abril por el audio y fotos presentados por una senadora opositora.

El paradero del ex investigador de uno de los casos más importantes para el Gobierno es un misterio, aunque según reportes de Migración, la autoridad aún no habría salido del país, por lo menos no por vías legales.

El fiscal general Ramiro Guerrero anunció que “basándonos estrictamente en la Ley de Ministerio Público vamos a iniciar, por la vía disciplinaria, un proceso contra el fiscal Marcelo Soza por no haber asistido a las audiencias, incurrió en faltas graves, por lo tanto amerita la apertura de un proceso disciplinario”.

También dijo que por no haber emitido un informe pormenorizado sobre el caso terrorismo como pidió la Fiscalía General “amerita un proceso penal por incumplimiento de deberes”.

Soza presentó su renuncia irrevocable al cargo de fiscal de materia el martes mediante una carta enviada a Sucre; sin embargo, desde ese momento se desconoce su paradero. Hay versiones que indican que se habría fugado del país después de que se divulgara un audio en el que revela pormenores del caso terrorismo como la fabricación de pruebas, la injerencia de autoridades del Gobierno y el robo de elementos probatorios de este proceso.

La ex autoridad, entonces, negó la autenticidad de la grabación e inició un proceso penal contra la denunciante, la senadora opositora Carmen Eva Gonzales. Ella también presentó una colección de fotografías en la que se observa a Soza en una celebración junto a acusados del caso extorsión como Boris Villegas, Denis Rodas y otras personas.

La salida de Soza fue un golpe duro al caso de terrorismo, pues está en etapa de juicio oral; sin embargo, la Fiscalía ya designó a tres nuevos fiscales para que se hagan cargo de este proceso.

Guerrero recordó que respecto del audio y las fotografías presentadas por una senadora opositora ya ea xiste uninvestigación al cargo del fiscal Genaro Quenta, quien ya citó a Soza para que declare el 1 de abril a las 8:30, de lo contrario se emitirá una orden de aprehensión.

Para Otto Ritter, abogado de algunos acusados de terrorismo, Soza debe ser citado como un testigo clave de este juicio que ya lleva cuatro años.

sábado, 9 de marzo de 2013

Reelección de Evo Morales: ¿principio del fin?

http://www.paginasiete.bo/2013-03-09/Opinion/Destacados/16Opi00209-03-13-P720130309SAB.aspx

- 08/03/2013

El Gobierno ha decidido jugárselas por la reelección de Evo Morales, en la lógica de que habían llegado al Palacio no como “inquilinos”, sino para “quedarse”, como si fueran sus propietarios. Esta pretensión de poder fue incorporada en el proyecto de Constitución de 2007, y modificada por el Congreso Nacional de octubre de 2008.

Allí donde se decía que los mandatos anteriores a esta Constitución “no serán tomados en cuentan”, se puso que “serán tomados en cuenta” en el cómputo de mandatos. Esto quiere decir que el primer mandato de Evo Morales (2005-2010) debe contarse. Esta modificación fue resultado del pacto congresal, según el cual la oposición obtenía lo que más le importaba en ese momento que era impedir un tercer mandato de Evo Morales con una segunda reelección inmediata, mientras que el Gobierno podía contar con una Constitución más presentable y asegurarse de los votos imprescindibles de la oposición para su ley de convocatoria al referéndum ratificatorio.

Todo parecía estar claro, tanto que el Presidente declaró el día de la promulgación de esta ley que por la “unidad” del país había “renunciado” a una “segunda reelección”. Al día siguiente, el actual ministro de Gobierno que representaba al Ejecutivo en las negociaciones, confirmaba esa renuncia.

Esta evidencia fue ratificada por el Congreso Nacional en abril de 2009 determinando expresamente en la Ley del Régimen Electoral Transitorio, que el mandato entre 2005 y 2009 debe ser contado como el “primer período”.

En diciembre de 2009 Evo Morales fue reelegido para un segundo periodo seguido. Por tanto, una segunda reelección y un tercer mandado seguido es una violación flagrante de la Constitución vigente, que sólo admite una reelección continua.

Sin embargo, el Gobierno se ha dado a la tarea de pretender eludir esta imposibilidad constitucional con argumentos que más parecen argucias. Asegura que esa disposición no es aplicable, porque las elecciones de diciembre de 2009 se realizaron antes de que se cumplan los cinco años del mandato.

Según el Gobierno, este adelantamiento fue una maniobra “envolvente” contra la oposición, pero en realidad sólo prueba su mala fe y es un gesto de desprecio y desafío a la cooperación internacional, que estuvo de testigo entusiasta en las negociaciones. La Ley del Régimen Electoral, que fijó las elecciones para el 6 de diciembre de 2009, entendió que a pesar de ese recorte seguía siendo el “primer período”. Su derogación posterior no elimina que la interpretación congresal tenga valor jurisprudencial.

Igualmente ha negado la realidad del “pacto” cuando en los hechos todo el texto constitucional fue un acuerdo pactado entre Gobierno y oposición. De todos modos, una maniobra política nunca es un argumento jurídico.

Ya sin argumentos jurídicos válidos, el Gobierno ahora apela a un último recurso político, que es retar para que el “pueblo” sea el que con su voto decida si reelige o no a Evo Morales. Se pretende que el “soberano” absuelva con su voto violatorio, la violación gubernamental.

Si se persiste en la reelección, la única salida legal es modificar el texto constitucional, pero el Gobierno teme perder en el referéndum nacional, previsible según las encuestas, lo que le sería demoledor. Con el propósito de evadir esta alternativa el Senado, controlado por el MAS, ha decidido pedir al Tribunal Constitucional (TC), que declare, “sin interpretar”, que la disposición transitoria no es aplicable al caso de Evo Morales, dando vía libre para que la Asamblea Legislativa apruebe una ley habilitante. Sorpresivamente el Presidente ha declarado que tal consulta es inútil, patentizando incordios internos.

La consulta pone al Tribunal Constitucional ante su verdadera prueba de fuego, que es demostrar que es efectivamente independiente, y que resoluciones anteriores no fueron expresamente calculadas para esta ocasión.

De todos modos, cualquiera que sea la decisión, las consecuencias políticas serán de alto calado. Si el TC declara que la disposición transitoria se aplica a Evo Morales, se salvará a sí mismo, pero hundirá al MAS en la incertidumbre, ante la dura necesidad de encontrar un candidato alternativo que no existe, capaz no sólo de ganar las elecciones sino de gobernar y preservar la cohesión interna entre fuerzas y facciones masistas centrífugas.

Pero si el TC declara que no es aplicable, no sólo se vendrá abajo, sino que puede abrirse una crisis de legalidad constitucional, reforzada por una crisis de legitimidad social, que combinada con la actual crisis de confianza, serían tres crisis políticas simultáneas. Demasiada dosis para cualquier Gobierno, peor aun en Bolivia.

No sabemos si el Gobierno mide correctamente las consecuencias probables de sus acciones. La adicción al poder más razones no siempre confesables, suelen ser la propia perdición.



Jorge Lazarte es politólogo.